Trata: Es ilegal hace 107 años y vive al amparo del Estado
Un 23 de septiembre pero de 1913, se votaba la Ley Nacional nº 9.143 en Argentina, siendo la primera en su rubro. En 1999 la Conferencia Mundial de la Coalición Contra el Tráfico de Personas junto a la Conferencia de Mujeres definieron este como el Día Internacional Contra la Explotación Sexual y la Trata de Personas.
De las leyes a la realidad
Hasta ese momento, en nuestro país regía la ley de prostíbulos que impedía el ingreso de mujeres que no hubieran sido incorporadas al prostíbulo con anterioridad a los 18 años. Nuestro país fue vanguardia en la legislación a nivel mundial de la mano del diputado del Partido Socialista Alfredo Palacios. Lejos de finalizar la pelea contra la esclavitud sexual, se visibilizó una de las violencias mas estructurales que el patriarcado ejerce contra las mujeres y disidencias. Este representa el tercer negocio ilícito del mundo, después de las armas y las drogas. Y, aunque sabemos que sus alcances exceden los fines de la explotación sexual, es el de mayor alcance. La segunda ola feminista crecía en el mundo, y ponía la agenda pública tal y como sucede hoy. Mérito de esa lucha contra la opresión y explotación patriarcal, también fue la ley de Profilaxis en 1936, que prohibió los prostíbulos y, además, en esos tiempos hasta logramos la ley del voto femenino que también conmemoramos hoy. Sin embargo, ninguna de estas medidas legales lograron erradicar de raíz este calvario que continua acumulando víctimas. La prohibición de toda actividad garantizó que el Estado se convirtiera en un cómplice fundamental para que el negocio continuara redituando a los burgueses de siempre. La policía encubre, la justicia garantiza impunidad y el poder político es partícipe y cómplice
Nuevas luchas, mismos problemas
Fue, hasta el 2012 en las vísperas de las cuarta ola feminista, que en nuestro país se aprobó la ley anti-trata, que plantea una lectura muy interesante de la problemática: “Artículo 2º: Se entiende por trata de personas el ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción o acogida de personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional, como desde o hacia otros países. A los fines de esta ley se entiende por explotación la configuración de cualquiera de los siguientes supuestos, sin perjuicio de que constituyan delitos autónomos respecto del delito de trata de personas: a) Cuando se redujere o mantuviere a una persona en condición de esclavitud o servidumbre, bajo cualquier modalidad; b) Cuando se obligare a una persona a realizar trabajos o servicios forzados; c) Cuando se promoviere, facilitare o comercializare la prostitución ajena o cualquier otra forma de oferta de servicios sexuales ajenos; d) Cuando se promoviere, facilitare o comercializare la pornografía infantil o la realización de cualquier tipo de representación o espectáculo con dicho contenido; e) Cuando se forzare a una persona al matrimonio o a cualquier tipo de unión de hecho; f) Cuando se promoviere, facilitare o comercializare la extracción forzosa o ilegítima de órganos, fluidos o tejidos humanos. El consentimiento dado por la víctima de la trata y explotación de personas no constituirá en ningún caso causal de eximición de responsabilidad penal, civil o administrativa de los autores, partícipes, cooperadores o instigadores.” Sin embargo es muy amplia su lectura de la explotación, con la que obviamente las socialistas acordamos, pero que sin la intervención de las organizaciones de lucha contra la trata y de las organizaciones de trabajadoras sexuales, sigue siendo el estado capitalista, patriarcal y femicida el que sostiene esas leyes. Así lo probó Alika Kinan en su Juicio contra el Estado de Tierra del Fuego por proxeneta, allí quedaron demostrados en el juicio cada uno de los eslabones de la impunidad.
A pesar de los avances legales en el mundo, después de casi 100 años las víctimas siguen siendo mayoritariamente mujeres ,como lo demuestra el informe elaborado por las Naciones Unidas en 2018. El análisis de la trata mostró que de 72% de las 400.000 víctimas detectadas en todo el mundo son del género femenino. El 49% de los casos son mujeres adultas y 23% son niñas[1].
“La prostitución no es una elección”, pero la trata tampoco es prostitución
La posición prohibicionista que adoptó el Estado argentino aumentó la estigmatización hacia los sectores más postergados de la sociedad. Mientras las mujeres para el patriarcado tenemos que hacernos cargo de la reproducción del sistema social junto a las tareas del cuidado; la contracara es una objetualización sexual del cuerpo que tiene valor de mercado. Así, cuando aumenta la feminización de la pobreza, la desocupación y el hambre, empujan las condiciones para elegir la actividad sexual como un medio para sobrevivir. Sin embargo, ¿quién elige de que trabajar hoy? Nadie. Pero criminalizar a quién esta definiendo únicamente sobre su cuerpo sólo ha sido garantía de los millonarios negociados ilícitos.
[1] https://www.unodc.org/documents/data-and-analysis/glotip/2018/GLOTiP_2018_BOOK_web_small.pdf