Reforma de la justicia: charla debate con Vilma ripoll en Comodoro Rivadavia

¿Democratización? ¿justicia para quien?

Se modifica el alcance de las medidas cautelares. un punto es clave para determinar el carácter de la reforma propuesta por el gobierno nacional. El proyecto del ejecutivo cercena el derecho democrático a presentar recursos de amparo y lograr cautelares protectivas ante la denuncia de un derecho afectado o de un particular de un colectivo, ya que limita su alcance y habilita a los jueces a permitir que se realice el accionar cuestionado sin esperar la resolución de fondo sobre si resulta lesivo o no. Esto supone en los hechos, habilitar al gobierno de turno a avanzar sin fronteras sobre derechos sociales, económicos, ambientales o de cualquier naturaleza sin que la legislación salvaguarde al particular afectado.
Además se aprobó la creación de más burocracia para dilatar las sentencias. El proyecto aprobado crea nuevas cámaras de casación para aplazar los fallos que le son contrarios, fundamentalmente los que tienen que ver con reclamos sociales y populares, por ejemplo los reclamos previsio-nales de miles de jubilados o juicios de trabajadores contra patronales. Es decir: se fortalece el contenido antipopular y especialmente antiobrero de la institución judicial.
En la misma dirección se avanza con la consolidación del consejo de la magistratura, instancia de mediación para la elección y remoción de jueces que sigue -en el proyecto K- esencialmente subordinado al poder político de turno.
Por lo tanto, el cuadro global que presenta la reforma oficialista evidencia rasgos profundamente reaccionarios. No caben las medias tintas en este punto: ni «reforma insuficiente», ni «estación de paso» hacia…La realidad es que se reafirma la naturaleza de la justicia como recurso institu-cional del poder capitalista de turno y en particular de su fracción hegemónica gobernante.

¿Qué significa verdadera democratización judicial? 

Este es el meollo del debate porque hace falta una democratización judicial a fondo. Ahora, ¿cómo se materializa?
Lo primero para decir es que desde el MST planteamos democratizar la justicia con una perspectiva social categórica: transformar esta institución para favorecer los intereses de las mayorías trabajadoras del país. Por tanto, partimos de afirmar que la justicia actual favorece los intereses del poder político y económico capitalista dominante. ¿Cómo hacer para arrebatar esta institución a esa lógica de subordinación social? Diseñando como estrategia mecanismos que la subordinen y transformen en instrumento social del pueblo para la defensa de sus intereses. Y en esto queremos ser enfáticos: para garantizar soberanía popular en materia de justicia hay que estipular que la elección y remoción de los jueces, como así también la fiscalización de los procesos judiciales estén sometidos al control social. Y en esto no hace falta inventar nada, sino tener la decisión política de ubicarse en el campo social del pueblo. En concreto: hay que implementar la elección directa de los jueces por el voto popular –sin la mediación de ningún consejo de «notables»-, hay que garantizar mecanismos de revocatoria y vigilancia social regular de los jueces –eliminando el carácter vitalicio de sus cargos- y finalmente, se trata de reglamentar el juicio por jurados para que hasta el último hijo de vecino por simple sorteo del padrón electoral pueda ser parte de la fiscalización social y popular de los procesos judiciales. Son estas las medidas centrales para transformar la naturaleza hoy reaccionaria de una justicia que actúa por subordinación al poder de los de arriba y no por presión social de las grandes mayorías. Esta es nuestra formulación alternativa para una real democratización judicial.