Defender lo conquistado, todxs adentro

En sus primeros años, el Movimiento Estudiantil de la UNM impuso y logró el ingreso IRRESTRICTO para todes por eso exigimos una revisión inmediata de la instancia de devolución final del COPRUN intensivo 2020.

Muchos ingresantes se han acercado denunciando irregularidades y arbitrariedades inexplicables sobre el final del curso de ingreso. Denunciando que en muchas cursadas se han excluido a alrededor de un 30% de los ingresantes aplicando un criterio no unificado, que incluso va en contra del reglamento del COPRUN. Es decir, aproximadamente 10 alumnxs por cada 30-35 fueron rechasadxs. Esta instancia es NIVELADORA, no excluyente. Y la condición para su aprobación es cumplir con la asistencia ( 75% para los Talleres y 100% para los Seminarios) y satisfacer la entrega de la totalidad de trabajos prácticos y actividades propuestas por los docentes según lo estipula el Art 4 del Reglamento Universitario.

Sin embargo, un gran número de ingresantes fueron excluidos sobre el final del Taller de Ciencias, desconociendo la progresión de cada uno y tomando como parámetro solo el trabajo final, siendo este grupal. Con este criterio, que algunos docentes aplicaron y otros no, es decir, arbitrario, se excluyó a muchos estudiantes que hicieron un esfuerzo muy grande durante estas últimas semanas, incluso sin gozar del boleto estudiantil y que se verán obligados a cursar el COPRUN extensivo injustamente perdiendo 1 cuatrimestre de cursada y en otros 1 año debido a las materias anuales de las carreras de grado. 

Muchos de ellxs están desmoralizados y frustrados y se plantean abandonar definitivamente sus intenciones. Por eso queremos remarcar QUE NO SE TRATA DE CASOS AISLADOS, sino de un porcentaje sin precedentes de ingresantes rechazadxs en nuestra Universidad.

Nos preocupa esta política de limitar el cupo de ingresantes, que va en contra de la razón de ser de una Universidad al servicio de la comunidad que se llama a si misma popular e inclusiva. El presupuesto universitario aprobado, y aplicado con demoras, para este 2020, se mantiene sin cambios con respecto al propuesto por el Macrismo en 2019 pese a la inflación y la devaluación que acompaña la crisis económica. El propio CIN (Consejo Interuniversitario Nacional) que reúne a lxs rectores de todo el pais pronunció que la partida presupuestaria es insuficiente para un normal funcionamiento de las instituciones. Creemos con firmeza que la educación no puede ser nunca una variable de ajuste.

Se les a sugerido a los ingresantes afectados enviar de forma particular una nota a la Dirección del COPRUN objetando los resultados de su evaluación. Exigimos que se revise satisfactoriamente cada caso y la instancia a nivel general de inmediato para que les afectados puedan continuar su recorrido académico como corresponde. Acompañaremos cada reclamo presentado ante las autoridades y nos ponemos a disposición de todxs lxs ingresantes.

Llamamos a todas las organizaciones estudiantiles de la UNM a adherir y difundir este documento

Rocio Rios estudiante de Lic. en Economia y Juan Russo estudiante de Ingeniería Electrónica.

Socializamos aquí, una nota modelo orientativa para presentar en Alumnos de forma individual explicando cada caso.

Señor Director del COPRUN 

Universidad Nacional de Moreno

Tengo el agrado de dirigirme hacia usted, con el debido respeto, para ejercer el derecho a objeción como ingresante de esta institución, debido a la decisión del profesor y coordinadora del taller de ciencias, de hacer que deba recursar el COPRUN de manera extensiva. Cabe aclarar que cumplí con el cien por ciento de asistencia a las tres materias que componen el COPRUN, finalizándolo con la aprobación del taller de lecturas y escrituras académicas y el taller de resolución de problemas. Considero que la decisión de desaprobar el taller de ciencias es errónea e injusta, ya que, cumplí con la asistencia al 100%, y, además, presenté en tiempo y forma los 3 trabajos prácticos. En cuanto a este último punto, los dos primeros trabajos estuvieron aprobados, siendo el último el único desaprobado (aclarando así que ese trabajo práctico fue realizado en grupo, lo que me produjo una dificultad ya que su realización no dependía solo de mi comprensión lectora). Así mismo, la Reglamentación de la Universidad establece en el Arículo 4, y cito: “Para cumplimentar el COPRUN, se requerirá satisfacer los siguientes requisitos: a) Asistir al menos al 75% (SETENTA Y CINCO POR CIENTO) de las clases de los Talleres y al 100% de las clases del Seminario. b) Cumplir en tiempo y forma con la entrega de las actividades requeridas en cada Taller y en el Seminario. Al término del COPRUN, cada Docente elaborará un INFORME DE EVALUACIÓN sobre el desempeño del estudiante y nivel de preparación logrado en cada Taller a fin de orientar la continuidad de su trayectoria formativa inicial. En caso de considerarlo necesario, se realizarán recomendaciones para participar de actividades académicas complementarias que brinden mayor orientación y acompañamiento pedagógico a los ingresantes durante los primeros años de la carrera, según lo establecido en el artículo 8º del presente REGLAMENTO”. En este aspecto se puede corroborar con el registro de asistencia que cumplí con la asistencia y con las entregas de los trabajos prácticos. Este artículo deja en claro que el docente puede sugerir talleres complementarios no obligatorios. Por otro lado, en la misma reglamentación en el Artículo titulado “Evaluación” dice y cito: “La evaluación de cada uno de los Talleres será de carácter diagnóstico y formativo, conforme lo previsto en el artículo 4º de la Parte I del presente REGLAMENTO y los términos que en cada caso y oportunamente establezca la SECRETARÍA ACADÉMICA. La metodología de evaluación es mediante trabajos prácticos que se diseñan a fin de recoger información significativa sobre el nivel de preparación académica del estudiante para iniciar sus estudios universitarios, en relación a las competencias y propósitos que se fijan en cada actividad que compone el COPRUN.” En relación a esto, es claro el reglamento en que el COPRUN no es de carácter evaluativo. Basándome en la Reglamentación del COPRUN, es totalmente injusto que el criterio de evolución de un profesor vaya en contra de lo que reglamenta la Universidad, así como una Ley no puede ir en contra de lo establecido en la Constitución Nacional, un profesor no puede ir en contra de la Reglamentación de este establecimiento educativo. Previo a la confección de esta carta, agoté las instancias previas de reclamo ante el profesor y coordinadora general del taller, obteniendo sólo como respuesta de ambos que debo recursar. Esto me genera una traba en el inicio de mi cursada, ya que soy aspirante a la Carrera de Trabajo Social y esta carrera está compuesta de materias anuales, con lo que me encuentro ante la pérdida de un año de cursada. En base a todo lo expuesto solicito, se me dé por aprobado el taller de ciencias, permitiéndome comenzar a cursar la carrera que elegí.

 Atentamente